Bono Alquiler Joven 2026: comprueba si te corresponde
Calculadora basada en el Real Decreto 42/2022. Indica tu CCAA, edad, ingresos y alquiler para ver tu elegibilidad estimada, la cuantía mensual y el estado orientativo de la convocatoria por comunidad.
En breve
El Bono Alquiler Joven es una ayuda de 250 €/mes durante un máximo de 24 meses (hasta 6.000 € en total) para inquilinos de 18 a 35 años, regulada por el Real Decreto 42/2022. El límite de ingresos general es de 3 veces el IPREM anual de 14 pagas (3 × 8.400 € = 25.200 €/año).
Cada Comunidad Autónoma publica su propia convocatoria con plazos y cupos distintos. El estado que muestra esta calculadora es orientativo: confirma siempre el plazo vigente en la sede electrónica de tu comunidad antes de solicitar.
Fuentes oficiales: RD 42/2022 (BOE) · Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana · IPREM 2026 (valor oficial)
Campos confirmados el 2026-10-13; los demás figuran sin confirmar y no se calculan
Aviso
Esta calculadora ofrece una estimación orientativa basada en el Real Decreto 42/2022 y en las convocatorias autonómicas publicadas. No constituye asesoramiento jurídico, fiscal ni financiero. La concesión del Bono Alquiler Joven depende exclusivamente de la resolución del órgano competente de tu Comunidad Autónoma.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto se cobra con el Bono Alquiler Joven?
- El RD 42/2022 fija 250 €/mes y hasta 24 meses, sujeto a la convocatoria. El RD 326/2026 establece 300 €/mes para vivienda y 200 € para habitación, límite del 60 % y 24 meses, con posible prórroga condicionada de hasta 24 meses. Su aplicación territorial está sin confirmar y no se calcula.
- ¿Qué requisitos de edad e ingresos hay?
- Tener entre 18 y 35 años (ambos inclusive) a fecha de solicitud, contar con una fuente regular de ingresos y no superar el techo de 3 veces el IPREM anual de 14 pagas (3 × 8.400 € = 25.200 €/año). La Comisión de Seguimiento puede acordar elevar ese límite cuando conviven dos o más jóvenes beneficiarios, y en supuestos de movilidad geográfica entre comunidades el límite es de 4 veces el IPREM. Puedes ser titular o estar en condiciones de suscribir el contrato de alquiler y residir legalmente en España.
- ¿El estado de la convocatoria que muestra la calculadora es en tiempo real?
- No. Cada comunidad abre y cierra su convocatoria en fechas distintas y los cupos se agotan por orden de solicitud. El estado que ves es orientativo, basado en la última verificación de nuestras fuentes. Confirma siempre el plazo vigente en la sede electrónica oficial de tu comunidad antes de presentar la solicitud.
- ¿Es compatible con otras ayudas al alquiler?
- La regla general es incompatibilidad, pero el artículo 10 del RD 42/2022 incluye excepciones. Si recibes otra ayuda, esta herramienta no calcula: consulta la compatibilidad y los límites conjuntos en tu convocatoria.
- ¿Puedo pedirlo si alquilo solo una habitación?
- Sí. El bono cubre tanto el alquiler de vivienda completa como de habitación. En el régimen actual la cuantía es la misma (250 €/mes con el límite del importe de tu renta), y el techo de renta máxima admitida por habitación suele ser inferior al de vivienda completa según cada convocatoria autonómica.
- ¿Dónde se solicita el bono?
- Se solicita ante la administración autonómica competente por las vías que admita su convocatoria. Consulta la sede oficial enlazada.
El RD 326/2026, artículos 133, 134 y 137 fija 5 IPREM (5,5 o 6 en supuestos específicos) y rentas máximas de 1.000/600 € para vivienda/habitación, o 500/250 € en municipios pequeños, con excepciones. Su aplicación territorial está sin confirmar y esta herramienta no calcula con ese régimen.